sábado, 3 de noviembre de 2012

Criminales de guerra

Convenio de Ginebra, 1949.

Artículo 12 - Protección, trato y asistencia

Los miembros de las fuerzas armadas y las demás personas mencionadas en el artículo siguiente, que estén heridos o enfermos, habrán de ser respetados y protegidos en todas las circunstancias.

Serán tratados y asistidos con humanidad por la Parte en conflicto que los tenga en su poder, sin distinción alguna de índole desfavorable basada en el sexo, la raza, la nacionalidad, la religión, las opiniones políticas o en cualquier otro criterio análogo. Está estrictamente prohibido todo atentado contra su vida y su persona, en particular matarlos o exterminarlos, someterlos a tortura, efectuar en ellos experimentos biológicos, dejarlos deliberadamente sin atención médica o sin asistencia, o exponerlos a riesgos de contagio o de infección causados con esa finalidad.

Cospedal cobrará a los inmigrantes 4.000 euros por una cesárea y 580 diarios por su hospitalización

Al enemigo ni agua

1 comentario:

  1. Julio, lo que dice el enlace no es en realidad así... en eldiario.es pusieron la noticia igual y les escribí para hacer unas matizaciones, y lo cambiaron/complementaron... aquí en enlace : www.eldiario.es/zonacritica/Cospedal-cobrara-papeles-cesarea-UCI_6_47305279.html

    [a pesar de este matiz, obviamente estamos de acuerdo en lo que subyace :)]

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